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viernes, 29 de agosto de 2014

LAS NUEVAS REGULACIONES DE LA ADUANA DESEPTIEMBRE DE 2014







29 de agosto de 2014

Andrés Gómez, director de Areítodigital

Miami.-  En este artículo trataré sobre algunos aspectos, los que considero de importancia más inmediata para los que viajamos a Cuba, de las nuevas regulaciones de la Aduana cubana que fueron debidamente publicadas en la Gaceta Oficial de la República, el 11 de julio pasado, y que entrarán en vigor el próximo 1ro de septiembre.

Las nuevas regulaciones componen las Resoluciones 206/14, 207/14 y 208/14
de la Aduana General de la República que derogan las que estarán en vigor hasta el 31 de agosto de 2014. Según consta en el preámbulo de la Resolución 206/14 el propósito de las mismas es “Establecer el Límite para la determinación del Carácter Comercial a las importaciones que realizan
las personas naturales [viajeros] por cualquier vía”.

¿Cómo afectarán estas nuevas regulaciones a los viajeros?  

A la abrumadora mayoría de nosotros los cubanos que viajamos a Cuba, personas que vamos a visitar a nuestras familiares y amistades, nos afectarán menos. A los que
sí afectarán muchísimo es a aquellos que viajan y llevan consigo demasía de equipaje que en cualquier aduana de cualquier país del mundo se clasifica como de carácter comercial.

Las regulaciones vigentes hasta el 31 de agosto de este año han permitido la entrada legal al país de un alto número de artículos y productos. Estas nuevas regulaciones limitan, más de lo establecido hasta ahora, la cantidad de los artículos y productos que legalmente pueden importarse al país sin carácter comercial.  Las nuevas regulaciones también establecen nuevos impuestos que se tienen que pagar en la aduana por equipos eléctricos, electrodomésticos, informáticos, y otros artículos duraderos que no se pesan y que se valoran independientemente a éstas.

*No ha cambiado* en las nuevas regulaciones que entran en vigor el 1ro de septiembre, la cantidad de libras, 66, (30 kilogramos –en Cuba se utiliza el sistema métrico) que cada pasajero puede importar libre de impuestos, mientras éstas sean misceláneas como hasta ahora. Hasta ahora se considera misceláneas: “calzado, confecciones, alimentos, aseo personal y del hogar, bisutería, perfumería y similares”.  También, como hasta ahora, los equipos eléctricos, electrodomésticos, informáticos y otros equipos duraderos,tendrán que pagar un impuesto.

De una selección que hice de 33 artículos eléctricos, electrodomésticos, informáticos y otros artículos duraderos, que como hasta ahora se valoran y se valorarán independientemente de las 66 libras exenta de impuestos, que considero que los viajeros cubanos más importan, 17 de ellos tendrán que pagar un impuesto más alto por su importación y 16 no cambiarán el impuesto a pagar por ellos.

*No ha cambiado* en las nuevas regulaciones que cada viajero pueda entrar al país hasta 22 libras (10 kilogramos) de medicamentos libres de pago de impuestos de aduana.  Como hasta ahora se le debe empacar en un maletín
separado del resto de los otros artículos.

*No ha cambiado *en las nuevas regulaciones que cada viajero podrá entrar al país hasta alrededor de 1,090 libras (exactamente son 95 kilogramos) que equivale, en el método utilizado en aduanas cubanas de peso-valor, a 1000 pesos.  

Hay que recordar que como hasta ahora los impuestos aduaneros  para aquellos de nosotros que vivimos en el extranjero se pagarán en CUC (pesos cubanos convertibles), y los que tienen residencia en Cuba, en su primer viaje en un año calendario (1 de enero al 31 de diciembre), pagarán en CUP (pesos cubanos no convertibles); a partir de ese primer viaje dentro en un año calendario pagarán los mismos en CUC.

*No ha cambiado* en las nuevas regulaciones el valor del impuesto a pagar por cada viajero si éste importara en exceso de las 66 libras (30 kilogramos) de misceláneas exentas de impuesto. Hasta los 45 kilogramos cada kilogramo o fracción de éste se pagará a razón de $10 CUC el kilogramo; a partir de este hasta los 95 kilogramos se pagará a razón de $20 CUC el kilogramo.

Es por eso que si el pasajero llegara al límite de libras establecido, 95 kilogramos que equivalen a 1000 pesos, el total a pagar por derechos de aduana es 1450 pesos. Si el pasajero llevara consigo artículos eléctricos,
electrodomésticos, informáticos y otros de carácter duradero, tendrá que descontar los impuestos que paguen por los mismos de este total general y tener en cuenta antes de viajar de reducir el peso de las misceláneas que importará.  Como dice el viejo y sabio refrán, siempre es mejor precaver
que tener que lamentar.

Lo que *sí ha cambiado* con las nuevas regulaciones que entran en vigor el 1 de septiembre de 2014 es el límite que la Aduana establece para determinar el carácter comercial de las importaciones.  Cambia, como también mencioné anteriormente,  precios a pagar en la importación de
productos eléctricos, electrodomésticos, informáticos y otros equipos duraderos.

¿Quién y cómo se determina el carácter comercial de las importaciones?
Para estar claros citaré de las mismas Resoluciones de la Aduana General de la República: “La autoridad aduanera determina el carácter comercial de las importaciones que realizan las personas naturales [viajeros] en caso de que
las cantidades de un mismo artículo, producto o miscelánea, su naturaleza, función o lo reiterado de las importaciones, indiquen que se efectúa con fines comerciales”.

Claro está que las nuevas Resoluciones especifican los límites de las cantidades de artículos o productos a partir de los cuales se determina el carácter comercial de las mismas.

¿Qué pasa cuando un viajero se exceda de los límites establecidos?  Según explica la nueva Resolución de Aduana: “La autoridad aduanera facultada decomisa las cantidades que excedan el límite establecido y efectúa el
despacho del resto de los artículos o productos, conforme a lo establecido y según el método que proceda”.  Pero además también aclara que: “Cuando la autoridad aduanera determine que existe carácter comercial considerando la
naturaleza, funciones o la importación reiterada de un producto, artículo o miscelánea, el decomiso se aplica a la totalidad de los mismos, conexcepción de los efectos personales.”

Aclaran también las disposiciones de la nueva Resolución de Aduana que: “Se entiende por Importación Reiterada la acción de reincidir o repetir la operación de importación de miscelánea, artículos o productos de la misma naturaleza, según criterio de la autoridad aduanera”.

Entiendo que muchos estemos preocupados y desorientados con respecto a las nuevas regulaciones de la aduana cubana. Es natural, son nuevas. El remedio
está en familiarizarse con las mismas.  Para eso hay que consultar los textos de estas tres resoluciones.  Éstos se pueden encontrar en varios sitios en internet.  Pueden obtenerse en el sitio de Radio Miami ( www.radio-miami.org), el de la Aduana General de la República de Cuba (
www.aduana.co.cu)  como en el de la Gaceta Oficial de la República de Cuba ( www.gacetaoficial.cu)  correspondiente al No. 30 del 11 de julio de 2014, así como en otros sitios en la web que traten estos asuntos. 

También pueden adquirirse en Cuba donde en los estanquillos de publicaciones puede comprarse el folletín de estas nuevas resoluciones desde el 16 de agosto pasado.

Asimismo debe consultar su agencia de viajes a Cuba ya que es responsabilidad de las mismas estar al tanto de estos cambios, saber de lo que se trata, e informar correctamente a sus clientes.

Estas nuevas regulaciones aduaneras de Cuba también provocan importantes interrogantes. Dos de las más importantes de éstas es una, sobre la ineludible necesidad de mercados mayoristas en el país, y la otra es sobre
la institución de medidas aduaneras que regulen las importaciones de carácter comercial.  De esta manera se hará posible un desenvolvimiento más normal del sector privado del comercio nacional.  Cuestión altamente
priorizada por el gobierno revolucionario que no acaba de resolverse.  Pero éstas están fuera del ámbito de este artículo, aunque se tratarán en otros.

Espero que este modesto trabajo  haya podido contribuir a aclaraciones importantes sobre estas nuevas regulaciones de la Aduana.

lunes, 25 de agosto de 2014

ZENEA: EL POETA INOLVIDABLE






¿Qué pensamientos poblarán la mente de un hombre cuando sabe que le arrancaran la vida?

¿A quienes recordará en ese instante supremo al ver frente a él un pelotón de fusilamiento dispuesto a privarlo de ver el sol todas las mañanas?

¿Qué última imagen tendría de aquel sitio, alejado de su amada ciudad, a la que sabía no volvería a ver?

 


Las líneas precedentes pretenden abarcar los momentos cruciales de un hombre, que desde la altura de sus versos, sigue siendo paradigma de la cultura cubana.

Se trata de uno de esos seres humanos que Bayamo vio nacer y del que vive eternamente orgullosa esta ciudad de tantos patriotas y poetas, de tantos hombres de bien que la enaltecen.

Juan Clemente Zenea, uno de los más encumbrados poetas de la historia de Cuba, fusilado el 24 de agosto de 1871, fue el gran olvidado en una época donde su verdadera historia estuvo escamoteada.

Considerado traidor, tanto por las huestes cubanas y por los colonialistas españoles, su reivindicación plena se alcanzó gracias a la voluntad de otro poeta extraordinario, Cintio Vitier.

La oscuridad que rodeaba su nombre se despejó definitivamente para bien de su memoria y de la cultura cubana, de la que Zenea es uno de los árboles por cuyas ramas viaja la sabia ineludible de su poesía.

Vivió en Cuba y fuera de ella, pero su inmensa figura no disminuyó en lo más mínimo, todo lo contrario, su prosa, su poesía, el amor a la tierra madre nunca lo despojó de las ansias de verla libre de coloniaje.

Bayamo lo recuerda y lo ha perpetuado en uno de los sitios más concurridos de la ciudad, en medio de árboles, sentado en su trono, como pensando escribir el próximo poema.

La calle lleva su nombre, expresión de respeto para el hombre que dejó para la posteridad su enorme caudal de recio intelectual y poeta de hermosas imágenes.

Cuando se escuchó la descarga de la fusilería en el Foso de los Laureles, aquel 25 de agosto de 1871, Zenea dejaba al viento sus poemas que desde entonces navegan errantes por el ancho mar del Caribe.




 

domingo, 24 de agosto de 2014

En Ferguson y en el resto de EE.UU: no habrá paz sin justicia





23 de agosto de 2014

Andrés Gómez, director de Areítodigital

Miami.-   Mucho se ha escrito y televisado –informado y analizado—durante
las últimas dos semanas, sobre el terrible asesinato del adolescente
afroamericano, Michael Brown, quien estaba desarmado, por el policía
blanco, Darren Wilson, en la pequeña municipalidad de Ferguson, parte del
área metropolitana de San Luis, en el estado estadounidense de Misuri. A
todas luces, el asesinato de Michael Brown, fue injustificado.
 

 Un crimen imperdonable; seis balazos en el cuerpo de Brown – los últimos
dos, según demuestra al menos una de las autopsias-- disparados a la cabeza
del muchacho por parte de un policía fuera de control o controlado por sus
instintos racistas. Además, sintiéndose éste amparado  al hacerlo por todo
un sistema policial y judicial existente en esa ciudad, en ese estado y en
el resto del país que propicia crímenes como este.

Tan es así, que en este caso, a más de dos semanas del asesinato de Michael
Brown, su asesino aún no ha sido encausado por ese odioso crimen. Tan es
así, que las manifestaciones de dolor, por la muerte de Brown, de repulsa
por la impunidad que protege al policía blanco asesino, de denuncia por el
sistema racista existente en el departamento de policía de Ferguson, que
por años ha discriminado a los jóvenes afroamericanos de esa localidad;
manifestaciones diarias que han exigido que se hiciera justicia en este
caso y cambiara el sistema discriminatorio existente por parte de las
autoridades locales, fueron sistemáticamente atacadas violentamente por
parte de la policía, armada con potentísimas y modernas armas diseñadas
para ser utilizadas por el ejército, como atestigua entre otros muchos,
Gloria la Riva, activista política, en dos vehementes artículos basados en
su experiencia personal en las manifestaciones en Ferguson, durante las
cuales Gloria fue otra víctima de esa injustificada violencia policial.

Violencia que fue rechazada y condenada por la gran mayoría de la opinión
pública en este país y que recordó los hechos de violencia por parte de la
policía en los estados sureños contra las manifestaciones pacíficas de los
años sesenta y setenta del siglo pasado a favor de la lucha por los
derechos civiles de los ciudadanos afroamericanos.  Es la misma lucha por
obtener justicia y el goce pleno de derechos por la comunidad
afroamericana; es la misma represión por parte de la autoridad armada con
los mismos prejuicios racistas, sustentada por parte del mismo sistema que
aún se mantiene fundamentalmente discriminatorio.

Michael Brown tenía 18 años de edad. No tenía antecedentes penales. Estaba
recién graduado de Normandy High School, localizado en el mismo condado St.
Louis en el que se encuentra Ferguson. El 18 de agosto pasado, nueve días
después de su asesinato, iba a comenzar su primer año de universidad en
Vatterot College.

Ferguson es una ciudad en el condado Saint Louis, incorporada como tal en
1894. Su población en 2013 era de 21,111 personas; su extensión territorial
es de 6 millas cuadradas (16 kms. cuadrados).  De acuerdo al Censo de 2010,
el más reciente, su población fue clasificada como 67% afroamericana y 29%
blanca.  A pesar de esto su departamento de policía compuesto por 50
agentes, 47 son blancos y sólo 3 afroamericanos.  Asimismo el gobierno
municipal está compuesto abrumadoramente por blancos. En la más reciente
elección municipal participó aproximadamente el 12% del electorado…
Promedio de la participación ciudadana en elecciones municipales y condales
en este país.

A pesar de que Ferguson está localizada cerca del aeropuerto internacional
de Lambert, que debe ser una importante fuente de empleo, y que Emerson
Electric, compañía incluida en la lista de las más importantes
corporaciones de Estados Unidos, la de Fortune 500, y en la que su planta
de Ferguson emplea aproximadamente a 1,000 obreros, uno de cada 5
residentes de Ferguson –20%- vive en niveles de pobreza; el nivel de
pobreza de la población afroamericana es estimada ser de 25%.  El promedio
del salario medio de la población afroamericana en Ferguson es el 60% de
aquel de la población blanca.  El salario medio anual de los habitantes de
Ferguson es de $37,134, mientras que el salario medio anual del condado de
Saint Louis es de $50,900.  La composición racial de este condado es 77%
blanco y 18% afroamericano.

La situación de la comunidad afroamericana en Ferguson no es una excepción
en Estados Unidos, al contrario, es la generalidad, en términos económicos,
sociales, educacionales, políticos, etc. La violencia policial en relación
a la comunidad afroamericana es típica de lo que ocurre diariamente por
parte de las fuerzas policiales y sus víctimas en las comunidades
afroamericanas, especialmente con la juventud afroamericana en esas
comunidades. Múltiples situaciones similares y muchas peores han ocurrido
en este país durante décadas.  Los Ángeles, Chicago, Nueva York, Nueva
Orleans y Miami, para nombrar unas pocas, las más importantes por su
magnitud, son ejemplos fehacientes.

Ya que me he referido a nuestra ciudad de Miami, por arribita, les
mencionaré algunos datos.  A pesar de que el artículo de Wikipedia sobre
Miami, parece haber sido escrito por uno de los agentes de publicidad de
sus patricios, empresarios de bienes raíces o políticos, en el cual se
mantiene que Miami es la ciudad más rica de Estados Unidos, y la séptima en
este país en términos financieros, comerciales, y nada menos que en
términos culturales y educacionales… la realidad es más compleja y muy
diferente.

Miami, como municipalidad independiente del área metropolitana del condado
Miami-Dade,  Tiene una extensión territorial de 55 millas cuadradas (143
kms2). Su población, según los estimados del 2013 del censo es de 417,650
personas, compuesta de la siguiente manera: 70% de origen latinoamericano;
19 % afroamericana; y 11% blanca no “hispana”.

El  censo de 2010 mantiene que el 29.5% de su población vivía bajo el nivel
de pobreza, 9.5% más que la población de Ferguson. Según esta misma fuente
el salario medio anual de la población del estado de la Florida era de
$47,309, mientras que el salario medio anual de la población de Miami se
estimó entonces ser $29,812, o sea, aproximadamente $8,000 menos que el de
la población de Ferguson, Misuri.  De acuerdo a los estimados de 2013 del
censo, el 23% de la población de origen latinoamericano en la ciudad de
Miami vive bajo el nivel de pobreza, mientras el 47% de su población
afroamericana vive bajo el nivel de pobreza.

Y para cerrar este trabajo citaré datos de un ejemplo más dramático aún.
 

Según los datos del censo del año 2010 en el barrio miamense de Overtown,
el más antiguo de los guetos afroamericanos de esta ciudad, cuya población
en aquel entonces era de 8,000 personas, el 53.2% de estos vivían bajo el
nivel de pobreza. El nivel de pobreza de la población de Overtown es 87%
mayor que aquél de la ciudad de Miami y 305.6% mayor que el nivel de
pobreza del total de la población del estado de la Florida. De acuerdo a la
misma fuente su salario medio se estimó ser $16,000 anuales.  $21,000
anuales menos que el de la población de Ferguson, Misuri…//